La tarjeta acreditativa de la condición de persona con discapacidad se configura como un instrumento práctico y cómodo en el momento de acreditar dicho reconocimiento.
La presentación de la tarjeta, junto con el DNI, ante las Administraciones Públicas de la Comunitat Valenciana surtirá los mismos efectos que la resolución por la que se reconoce el grado de discapacidad.
¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Las personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, sus representantes legales o guardadores de hecho.
Requisitos
- Residir en un municipio de la Comunitat Valenciana.
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden 3/2010, de 26 de marzo, en el DOCV nº 6247, de 16/04/10.
LAS PERSONAS INTERESADAS EN QUE SE TRAMITE DESDE ASHECOVA, HAY QUE TRAER EL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD, DNI, Y RELLENAR UNA INSTANCIA. HORARIO DE 9:30 A 13:00 HORAS. |